APARTAMENTO CON MARAVILLOSAS VISTAS AL MAR EN PATALAVACA EN ESPAÑA
Presentamos este fabuloso apartamento ubicado en Patalavaca, el cual ofrece unas espectaculares vistas al oc/xc3/xa9ano y la Bahia de Anfi.~~Disponible para alquilar a partir del 10 de Enero de 2025 por un periodo de 6 meses.~~Se admite un m/xc3/xa1ximo para 2 personas y no se permiten mascotas.~Los gastos de agua y luz no est/xc3/xa1n incluidos en el precio.~~Se distribuye en una sola planta con 1 dormitorio, con ventana al exterior; 1 ba/xc3/xb1o con plato de ducha y lavadora, adem/xc3/xa1s de sal/xc3/xb3n-cocina muy luminosa gracias a los grandes ventanales que posee.Es un apartamento muy fresco, luminoso y muy tranquilo.~~El complejo cuenta con piscina comunitaria, desde que se aprecian unas maravillosas vistas, zonas ajardinadas y escaleras. Ademas tiene un acceso mediante escaleras que le comunica directamente con la playa.~~Pr/xc3/xb3ximo a las /xc3/xa1reas de servicios tales como parada de bus, taxi, supermercados, zonas de ocio, centro comercial, restaurantes y a poca distancia del campo de golf.~~Los precios pueden variar dependiendo del periodo de alquiler.~~*Visitas a la propiedad*: Todos los interesados en ver la propiedad deber/xc3/xa1n presentar un documento de identificaci/xc3/xb3n v/xc3/xa1lido, como DNI, NIE o pasaporte, antes de la visita. Adem/xc3/xa1s, se requerir/xc3/xa1 que firmen una hoja de visita al ingresar a la propiedad.~~~** Para reservar la propiedad se requiere el pago anticipado de un mes de fianza (a devolver en plazos legales, despu/xc3/xa9s de haberle entregado la vivienda al propietario, siempre y cuando el estado de la misma sea igual que en el momento de su entrega al inquilino y que se cumpla con las condiciones del contrato del alquiler.~**Ley 12/2023, de 24 de mayo, del derecho a la vivienda, aprobada en el Congreso el 27 de abril de 2023 y en el Senado el 18 de mayo, que entra en vigor a partir del d/xc3/xada siguiente de su inclusi/xc3/xb3n en el BOE, es decir, en mayo. 26 de 2023, el art/xc3/xadculo 20, apartado 1 establece que en el caso de contratos de alquiler residencial, /xe2/x80/x9clos costos de administraci/xc3/xb3n de la propiedad y formalizaci/xc3/xb3n del contrato ser/xc3/xa1n a cargo del arrendador/xe2/x80/x9d.~Este reglamento NO SE APLICA a los contratos de alquiler para uso fuera de espacios habitables, locales, etc. y, en particular, no se aplica a los contratos de alquiler por temporada. En estos casos, el inquilino abona un mes de honorarios de agencia con su correspondiente IGIC.~***La informaci/xc3/xb3n de la propiedad est/xc3/xa1 sujeta a posibles errores y cambios involuntarios.
4,00/5
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