PARCELA DE 15.000M2 AL LADO DEL N/XC3/XBACLEO URBANO DE D/XC3/XA9NIA. EN DÉNIA
PARCELA IDEAL PARA GRAN CHALET O RESTAURANTE PARA EVENTOS.~ ~ USO VIVIENDA~ ~ b) Vivienda aislada y familiar, cumpliendo los siguientes requisitos: 1./xc2/xba Se permitir/xc3/xa1, excepcionalmente, edificar en parcelas de per/xc3/xadmetro ininterrumpido que, tanto en la forma como en la superficie, abarquen la m/xc3/xadnima exigible seg/xc3/xban el planeamiento, queen ning/xc3/xban caso ser/xc3/xa1 inferior a una hect/xc3/xa1rea por vivienda. 2./xc2/xba La superficie ocupada por la edificaci/xc3/xb3n no exceder/xc3/xa1 nunca deldos por cien de la superficie de la finca r/xc3/xbastica; el resto de ella habr/xc3/xa1 de estar y mantenerse con sus caracter/xc3/xadsticas naturales propias o en cultivo. No obstante, el plan podr/xc3/xa1 permitir servicios complementarios de la vivienda familiar,sin obra de f/xc3/xa1bricasobre la rasante natural, cuya superficie no exceda del dos por cien de la superficie de la finca r/xc3/xbastica en que se realice.~ ~ USO RECREATIVO~ ~ 1./xc2/xba Establecimientos de alojamiento tur/xc3/xadstico y restauraci/xc3/xb3n, cuando se acredite que su emplazamiento diste m/xc3/xa1s de cinco kil/xc3/xb3metros de suelo vacante con calificaci/xc3/xb3n apta para albergar estos usos y, adem/xc3/xa1s, concurra alguna de estas circunstancias: la conveniencia de la situaci/xc3/xb3n aislada del establecimiento para el disfrute del medio natural y del paisaje o la oportunidad de su situaci/xc3/xb3n a partir de la l/xc3/xadnea de edificaci/xc3/xb3n de las carreteras, para la prestaci/xc3/xb3n de servicio a los usuarios de las mismas, con justificaci/xc3/xb3n de las instalaciones y los servicios previstos en las necesidades objetivas del tr/xc3/xa1fico rodado y de su compatibilidad con la ordenaci/xc3/xb3n sectorial de la carretera de que se trate. Los establecimientos de alojamientos tur/xc3/xadsticos no tendr/xc3/xa1n caracter/xc3/xadsticas urbanas ni propiciar/xc3/xa1n la formaci/xc3/xb3n de n/xc3/xbacleos de poblaci/xc3/xb3n.Cuando la implantaci/xc3/xb3n de los mencionados usos sea de inter/xc3/xa9s para el desarrollo tur/xc3/xadstico rural o pueda acometerse mediante la recuperaci/xc3/xb3n del patrimonio arquitect/xc3/xb3nico radicado en el medio rural, podr/xc3/xa1 exceptuarse el requisito de distancia m/xc3/xadnima antes mencionado, as/xc3/xad como el de parcela m/xc3/xadnima a que se refiere este art/xc3/xadculo, previo informe favorable del /xc3/xb3rgano competente en materia de turismo.~ ~ 2./xc2/xba Centros recreativos, deportivos, de ocio, as/xc3/xad como instalaciones de empresas dedicadas al turismo activo y de aventura,cuando se acredite suficientemente la procedencia de su implantaci/xc3/xb3n en el medio rural, por estar relacionados con las caracter/xc3/xadsticas del entorno natural o requerir grandes superficies de suelo no edificado para su desarrollo, y siempre que colaboren a la sostenibilidad y al mantenimiento del medio rural no afectado directamente por la actuaci/xc3/xb3n.~ ~ 3./xc2/xba Campamentos de turismo e instalaciones similares o equivalentes de car/xc3/xa1cter tur/xc3/xadstico, regulados por la legislaci/xc3/xb3n de turismo y que no propicien, por sus caracter/xc3/xadsticas y emplazamiento, la formaci/xc3/xb3n de n/xc3/xbacleos de poblaci/xc3/xb3n o de caracter/xc3/xadsticas urbanas.~ ~ 4./xc2/xba Actividades culturales y docentes, asistenciales, religiosas y ben/xc3/xa9ficas, centros sanitarios y cient/xc3/xadficos, y servicios funerarios y cementerios, cuando, adem/xc3/xa1s de cumplir con la normativa sectorial que espec/xc3/xadficamente las regule, se acredite suficientemente, en raz/xc3/xb3n a sus caracter/xc3/xadsticas concretas, la procedencia de su emplazamiento aislado y la imposibilidad de ubicarlos en suelos con calificaci/xc3/xb3n urban/xc3/xadstica id/xc3/xb3nea del municipio afectado.
4,00/5
1 reviews
⟩
Foto 1 / 4
CONTACTAR