SOLAR PARA USO RESIDENCIAL EN MÁLAGA. EN MIJAS
Terreno urbano situado en Calle Huelva de Calahonda, en planta sótano del Edificio Prometeo modulo A. Superficie registral: 13.711 m2 Uso dominante: residencial 1ª vivienda Tipo: garajes, aparcamientos de bicicletas y trasteros Referencia catastral: 5821112UF4452S0001QS Descripción técnica de la parla: La parcela A CES.SECT.SUP-C1 está situada en calle Huelva de Calahonda, de Mijas (Málaga). El terreno se sitúa en la zona oeste del término municipal del municipio de Mijas, cerca de la autopista del Mediterráneo AP-7 (a 100 metros) y lindando a la Urbanización Princess Park. La parcela tiene forma de trapecio irregular fuertemente inclinada y que no está vallada. Sobre esta parcela no existe ninguna edificación, únicamente el comienzo del movimiento de tierras y una cimentación sin acabar. A su vez, tiene escasa vegetación y ninguna masa arbórea. Se trata de una parcela en suelo urbano consolidado para uso residencial de tipología plurifamiliar. Se han ejecutado los movimientos de tierra para la adecuación del terreno previo al inicio de las obras de edificación, estando actualmente paralizadas las obras. La parcela tiene fuerte pendiente decreciente desde el Este hacia el Oeste de la misma y una considerable pendiente desde su lado Noroeste hacia el Sur. * La parcela no se encuentra gravada por ninguna servidumbre. 1. IDENTIFICACIÓN REGISTRAL: Cuenta con división horizontal resultando de la división 139 viviendas, Garajes y Trasteros. El conjunto de todas las fincas catastrales disponen de una única referencia catastral 5821112UF4452S0001QS, de una superficie de 13.711 m2. La parcela está clasificada como Suelo Urbano Consolidado y la califica como Ciudad Jardín, subzona CJ-2. 2. SITUACIÓN URBANÍSTICA: Se le asigna una edificabilidad de 0.83 m 2/ m2 y un número máximo de viviendas de 139. En este caso, la parcela mínima edificable es de 600 m2 para todas las sub-zonas. Sobre una cubierta plana podrá emplazarse un cuerpo de edificación habitable retranqueado un mínimo de 3,00 metros sobre la vertical del plano de fachada, siempre que dicho cuerpo no supere la altura absoluta de 2,70 metros medida interiormente, y la ocupación no suponga más del 50% de la superficie ocupada por la planta inmediatamente interior. En todas las Sub-zonas, la separación a linderos privados será como mínimo de 1/2 de la altura total del edificio, con un mínimo absoluto de 3 metros. Los edificios tendrán una longitud máxima de 60 m. En el caso de disponerse varios en una misma parcela la separación mínima entre fachadas será de 2/3 de la altura del edificio más alto. 3. UBICACIÓN Y ENTORNO La parcela se sitúa a 450 m sobre el nivel del mar. La evolución demográfica de la zona es espectacular llegando en 2018 a más de 100.000 habitantes. 4. DISTRIBUCIÓN Uso dominante: residencial 1ª vivienda Tipo: garajes, aparcamientos de bicicletas y trasteros La información aquí contenida ha sido preparada procurando reflejar una orientación sobre los inmuebles aquí tratados a la fecha de su publicación. La totalidad del contenido que aparece tiene carácter meramente informativo y aproximado no teniendo, en modo alguno, carácter contractual. Tanto los datos, como las imágenes y planos pueden estar sujetos a cambios, por lo que le invitamos a que, si precisa una información más exacta y detallada, comprobar datos, así como situación jurídica de los inmuebles, contacte con nosotros y le atenderemos a la mayor brevedad posible.
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